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    Impuesto de Matriculación de Barcos 2026: Cuándo se Paga el 12% y Cuándo Estás Exento

    18 de junio, 20262 min de lectura41 visitas
    Impuesto de Matriculación de Barcos 2026: Cuándo se Paga el 12% y Cuándo Estás Exento

    Uno de los mayores gastos al comprar un barco en España es el impuesto de matriculación. La buena noticia es que muchas embarcaciones no lo pagan. Te explicamos cuándo se paga el 12%, cuándo estás exento y qué es la famosa regla de los 8 metros.

    ## La regla de los 8 metros de eslora

    La clave del impuesto de matriculación de embarcaciones (el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, IEDMT) es la eslora:

    • Hasta 8 metros de eslora: la embarcación NO está sujeta al impuesto, sea cual sea su uso.
    • Más de 8 metros de eslora: se paga el 12% del valor de la embarcación (en Canarias el 11%; en Ceuta y Melilla, 0%).

    ## Ojo: aunque no pagues, hay que declararlo

    Aunque tu barco tenga 8 metros o menos y no pague el impuesto, sigues teniendo que presentar una declaración ante la Agencia Tributaria (modelo 06), tanto si el barco es nuevo como usado. Muchos propietarios lo desconocen y se saltan este trámite obligatorio.

    ## Principales exenciones

    Además, están exentas del impuesto, entre otras:

    • Las embarcaciones destinadas de forma efectiva y exclusiva al alquiler (chárter).
    • Las de escuelas náuticas reconocidas oficialmente.
    • Las que solo se pueden impulsar a remo o pala.
    • Los veleros de categoría olímpica.

    ## Nosotros te lo calculamos y lo tramitamos

    En Gestoría Morey calculamos si tu barco paga o no el impuesto, presentamos el modelo 06 y nos encargamos de toda la matriculación de tu embarcación. Consúltanos tu caso sin compromiso; trabajamos con toda Mallorca.

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