Extranjería

    Jura de Nacionalidad Española: Qué Es, Cuándo te Llaman y Cómo Prepararte

    3 de abril, 20269 min de lectura31 visitas
    Jura de Nacionalidad Española: Qué Es, Cuándo te Llaman y Cómo Prepararte

    Después de meses (a veces años) esperando, has recibido la resolución favorable de tu expediente de nacionalidad española. ¡Enhorabuena! Pero el camino aún no ha terminado: te queda el último paso, la jura o promesa de nacionalidad. En esta guía te contamos todo lo que necesitas saber: cuándo te llaman, qué documentos llevar, cómo es el acto y qué hacer después para obtener tu DNI español.

    ## ¿Qué Es la Jura o Promesa de Nacionalidad?

    La jura (o promesa) de nacionalidad es el acto formal y solemne mediante el cual el solicitante declara su voluntad de adquirir la nacionalidad española, jurando o prometiendo:

    • Fidelidad al Rey.
    • Obediencia a la Constitución y a las leyes.
    • Renuncia a la nacionalidad anterior (con excepciones).

    Es el último trámite legal antes de convertirte oficialmente en español. Sin la jura, la concesión de nacionalidad no surte efecto, aunque tengas la resolución favorable.

    ### Diferencia entre Jura y Promesa

    Ambas tienen exactamente el mismo valor legal. La diferencia es solo formal:

    • Jura: Tradicionalmente ligada a creencias religiosas. Se "jura" por algo sagrado.
    • Promesa: Forma laica. Se "promete" de manera civil.

    Tú eliges cuál prefieres en el momento del acto. Ambas son igual de válidas.

    ## ¿Cuándo te Llaman para la Jura?

    Una vez que el Ministerio de Justicia emite la resolución favorable de tu expediente, esta se comunica al Registro Civil del lugar donde resides. A partir de ahí:

    • El Registro Civil te cita para el acto de jura.
    • Tienes un plazo de 180 días (6 meses) desde la notificación de la resolución para realizar la jura.
    • Si no la haces en plazo, la concesión caduca y deberás volver a empezar todo el proceso.

    ### ¿Cuánto Tarda Desde la Resolución Hasta la Cita?

    Depende del Registro Civil. En general:

    • Registros con poco volumen: 1-3 meses.
    • Registros saturados (Madrid, Barcelona, Palma): 3-6 meses.

    Es muy importante que hagas seguimiento del estado de tu expediente para no perderte la notificación de la cita.

    ## Documentación que Debes Llevar

    Prepara con antelación todos estos documentos. Sin ellos, no podrán hacer el acto:

    | Documento | Detalle |

    |---|---|

    | Resolución favorable | Original o copia certificada |

    | DNI/NIE/TIE | Tu identificación actual |

    | Pasaporte completo | En vigor, todas las páginas |

    | Certificado de nacimiento | Del país de origen, apostillado y traducido |

    | Certificado de empadronamiento | Actualizado (no mayor de 3 meses) |

    | Certificado de matrimonio | Si estás casado/a |

    | Certificado literal de nacimiento de los hijos | Si quieres incluir a tus hijos menores |

    Consejo: Lleva originales y dos copias de cada documento. Algunos Registros Civiles se quedan con copias.

    ## Cómo es el Acto de Jura

    El acto en sí es breve (15-30 minutos) pero solemne. Esto es lo que ocurre:

    ### Antes del Acto

    • Llegas al Registro Civil con tiempo (recomendado, 30 minutos antes).
    • Presentas tu DNI/NIE en recepción.
    • Te indican la sala donde se realizará el acto.
    • Esperas a que te llamen.

    ### Durante el Acto

    • Te recibe el encargado del Registro Civil (juez, secretario judicial o funcionario habilitado).
    • Verifica tu identidad y la documentación.
    • Te informa del contenido de la jura.
    • Procede a tomarte la jura o promesa con esta fórmula (o similar):

    > *"¿Jura/promete fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes españolas?"*

    • Tú respondes: "Sí, juro" o "Sí, prometo".
    • Si renuncias a tu nacionalidad anterior (no siempre obligatorio), haces también esa declaración.
    • Firmas el acta de jura.
    • Te entregan una copia del acta.

    ### Después del Acto

    ¡Enhorabuena, ya eres oficialmente español/a! Pero todavía quedan trámites importantes.

    ## Trámites Posteriores a la Jura

    ### 1. Inscripción en el Registro Civil

    El Registro Civil donde has hecho la jura procederá a inscribirte como ciudadano español. Esta inscripción puede tardar de 2 a 6 semanas. Hasta que esté hecha, no puedes solicitar el DNI.

    ### 2. Solicitar el DNI Español

    Una vez inscrito en el Registro Civil:

    • Pide cita previa para el DNI (web o teléfono).
    • Acude a la oficina con: certificado literal de nacimiento (con la nueva inscripción como español), una foto reciente, justificante de empadronamiento.
    • Pagas la tasa (12,90€).
    • Te entregan el DNI en el momento.

    ### 3. Solicitar el Pasaporte Español

    Con el DNI ya en mano, puedes pedir cita para el pasaporte. La tasa es de aproximadamente 30€.

    ### 4. Comunicar el Cambio a Otras Administraciones

    • Seguridad Social: Para que actualicen tus datos.
    • Hacienda: Para que tu NIF sea ahora tu DNI.
    • Banco: Actualizar tus datos.
    • Trabajo: Comunicar a tu empresa.
    • Tráfico: Si tienes carnet de conducir extranjero, debes canjearlo o actualizarlo.

    ### 5. Devolución de la TIE

    En algunos casos te pedirán que entregues la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) ya que dejas de ser extranjero.

    ## ¿Pierdes tu Nacionalidad de Origen?

    Depende de tu país. España permite la doble nacionalidad con:

    • Países iberoamericanos
    • Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal
    • Personas de origen sefardí

    Para el resto de países, formalmente debes renunciar a tu nacionalidad anterior en el acto de jura. Sin embargo, esta renuncia tiene efectos solo en España: tu país de origen puede o no reconocerla, según su propia legislación.

    Importante: Antes de jurar, infórmate de las consecuencias en tu país de origen. Algunos países reconocen la doble nacionalidad de facto aunque no haya tratado.

    ## Problemas Comunes y Cómo Resolverlos

    ### "He recibido la resolución favorable hace meses y no me citan"

    Acude personalmente al Registro Civil de tu localidad con la resolución favorable. A veces se traspapelan los expedientes. Es tu responsabilidad asegurar que se haga la jura en plazo.

    ### "Se me ha pasado el plazo de 180 días"

    Es un problema serio. La concesión caduca y normalmente tendrás que volver a empezar todo el proceso. En algunos casos excepcionales se puede solicitar una prórroga, pero no es lo habitual.

    ### "No tengo el certificado de nacimiento de mi país"

    Solicítalo cuanto antes en el consulado de tu país en España. Recuerda que debe estar apostillado (Convenio de La Haya) y traducido al español por traductor jurado.

    ### "No me llega la notificación"

    Es esencial mantener tu domicilio actualizado. Si has cambiado de empadronamiento, comunícalo al Registro Civil y al expediente.

    ## Cronograma Realista del Final del Proceso

    | Hito | Tiempo aproximado |

    |---|---|

    | Resolución favorable | Punto de partida |

    | Notificación al Registro Civil | 1-2 semanas |

    | Cita para jurar | 1-6 meses |

    | Acto de jura | 15-30 minutos |

    | Inscripción en Registro Civil | 2-6 semanas |

    | DNI español | 1-2 semanas tras inscripción |

    | Pasaporte | 1-2 semanas tras DNI |

    | TOTAL desde resolución | 2-9 meses |

    ## La Importancia de Hacerlo Bien

    La jura es el último paso legal. Un error o retraso puede echar a perder años de espera y trámites. Asegúrate de:

    • Tener la documentación completa y vigente.
    • Llevar copias de todo.
    • No dejar pasar el plazo de 180 días.
    • Pedir asesoramiento si tienes dudas.

    Si has solicitado tu nacionalidad sin gestoría y ahora tienes dudas sobre la jura, no esperes hasta el último momento. Mejor prevenir que lamentar.

    ## Gestoría Morey: Te Acompañamos Hasta el Final

    En Gestoría Morey te acompañamos en todo el proceso de nacionalidad, desde la solicitud inicial hasta después de la jura. Nuestro servicio incluye:

    • Preparación de la documentación para la jura.
    • Asesoramiento sobre la doble nacionalidad y la renuncia.
    • Coordinación con el Registro Civil para evitar retrasos.
    • Trámites posteriores: DNI, pasaporte, inscripciones.

    Incluso si tu expediente lo llevó otra gestoría o lo hiciste tú mismo, podemos ayudarte en esta fase final. Consulta nuestro servicio de jura de nacionalidad.

    ¿Aún no has empezado el proceso? Lee nuestra guía de nacionalidad española por residencia y conoce más sobre los exámenes CCSE y DELE que debes aprobar antes.

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